Luego de los alegatos de las partes, el Tribunal pasó a deliberar y, en fallo unánime, los jueces Gabriela Romero Nayar, Victoria Montoya Quiroga y Pablo Farah, haciendo lugar a lo solicitado por el fiscal Espilocín, condenaron a Luciano Nahir López a la pena de 17 años de prisión de ejecución efectiva por los delitos de homicidio simple en perjuicio de cinco personas, lesiones graves en perjuicio de dos personas y lesiones leves en perjuicio de dos personas, en concurso ideal de delitos y atribuibles a título de dolo eventual. Asimismo, lo absolvieron del delito de lesiones leves en perjuicio de Romina Barboza y Fabio Ramos, y dispusieron el decomiso del vehículo.
La querella había pedido 20 años de prisión, mientras que la Fiscalía solicitó 17, cifra que finalmente adoptó el tribunal. En ese contexto, se remarcó que el daño causado es irreparable y que existe una diversidad de posturas entre los familiares de las víctimas.
El fiscal explicó que la pena solicitada fue superior a otros antecedentes, incluido un caso ocurrido en Campo Quijano, y detalló los fundamentos: “No solo por el daño causado, sino por el peligro generado por la conducción del imputado”. En ese sentido, advirtió que el hecho pudo haber tenido consecuencias aún más graves.
